Trasel acuerdo alcanzado entre Fvet, Comisiones Obreras y UGT el pasado 7 de abril, el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia publica esta semana las nuevas tablas salariales del convenio colectivo del transporte de mercancías de la demarcación.. Así pues, en concreto, los agentes sociales del transporte de mercancías valenciano transportistapaga sólo el mercancia, de acuer­ do con las disposiciones legales vigentes aplicables al trans~ porte de mercancías por un medio distinto de la carretera. Sí en todo caso tf!.les disposiciones no existen, la responsabi­ lidad del transportista por carretera será determinada por el presente Convenio. 2. CONVENIOCOLECTIVO. (TEXTO NUEVO) Alicante/Alacant. 19/04/2023. 01/01/2019. 31/12/2023. 03000665011981. TRANSPORTES DE MERCANCIAS POR CARRETERA. REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA. Elpresente Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera será de aplicación en todo el territorio nacional. Artículo 4.-Su ámbito funcional está constituido por la actividad empresarial de transporte de mercancías por toda clase de vías terrestres, en vehículos automóviles que circulen sin camino de conveniosy acuerdos colectivos de Trabajo y la publicación del convenio colectivo de trabajo, de ámbito provincial, del sector de transporte de mercancías por carretera de la provincia de León 2019-2021 (n.º convenio 24004805011981). vista el acta de fecha 10 de julio de 2019 de firma del convenio colectivo de trabajo, de ámbito Vistoel texto del convenio colectivo de trabajo para el sector de TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA de Palencia y Provincia (Código del Convenio N o 340000375011981), que fue suscrito por la Comisión Negociadora del citado convenio el 19-07-2021, y presentado ante el Registro Telemático REGCON, y de conformidad con 1 1. El presente Convenio se aplicará a todo contrato de transporte de mercancías por carretera realizado a título oneroso por medio de vehículos, siempre que el lugar de la toma de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega al destinatario, tal como están indicados en el contrato, estén situados en dos países diferentes ConvenioColectivo del Sector del Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Guadalajara, no será de aplicación en la empresa, ni siquiera supletoriamente, salvo en aquellas materias en las que sea obligada su aplicación preferente" Sin embargo, tal y como establece el artículo 84.2 del ET, que regula la Elsindicato UGT ha solicitado la apertura de las pertinentes negociaciones para la creación de un nuevo convenio colectivo para el sector del transporte de Artículo1 Ámbito . El convenio colectivo afecta a las empresas de Transporte de Mercancías por Carretera y Operadores de Transporte de la Comunidad de Madrid y al personal de las mismas al que es aplicable el . Estatuto de los Trabajadores, según el artículo 1 del mismo.Será de aplicación a todas las actividades empresariales incluidas .

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